PATRIMONIO
Aclaraciones sobre el Monasterio de Oia
Pormenor de la fachada de la iglesia vinvulada al Monasterio de Oia
Foto: Encontros Poliorcéticos
ENCONTROS POLIORCÉTICOS / Oia
Es de una extraordinaria anormalidad que Oia no tenga una Expropiación Forzosa sujeta a la Ley. Se dan todos los supuestos legales, aunque alguien esté intentando impedirlo.
La Ley del Patrimonio Cultural de Galicia, de hecho, podría disuadir a los “emprendedores” aplicándose una interpretación generosa del Título VI, De los Caminos de Santiago, en todo su articulado, Arts. 73 a 82 (concepto, naturaleza, protección, delimitación, usos, prohibiciones, ocupación, expropiación forzosa, señalización y Plan Territorial Integrado).
La experiencia de Encontros Poliorcéticos en ese sentido ha sido suficiente reveladora: un privado vulnera todos los días lo que recoge la Ley de Patrimonio Histórico Español (Ley 16/1985, de 25 de Junio de 1985) y otros textos autonómicos: RESTRICCIÓN DE ACCESOS, ESPACIOS BLINDADOS, TRABAS A LA INVESTIGACIÓN, EVENTOS POCO CONDICENTES CON UN ANTIGUO CENOBIO, etc. Esto sucede en todas partes y a toda hora.
El Artículo 7 de la LPHE emplaza a los Ayuntamientos a la cooperación, conservación o custodia, a la notificación también. El Artículo 8 de esta misma ley da una facultad automática a las personas para poner en conocimiento de la Administración cualquier peligro de destrucción o deterioro del Patrimonio. El Patrimonio antecede a la propiedad porque es de todos. Los socialistas, tan amigos de los SPA, confunden las cosas torticeramente. Lo que hicieron y siguen haciendo en A Guarda les delata.
El Proyecto Residencial Monasterio de Oia altera claramente las componentes paisajístico-culturales de Oia. Es sencillamente inasumible meter en el mismo saco un hotel de 4 estrellas con 74 habitaciones, 1.000 m2 de salones y, ya fuera, disponer de 10.000 m2 de zonas verdes, bosques de ribera o parques lúdicos; como es irreal añadir a ello una serie de edificaciones de uso hotelero y/o residencial (?!!?), unas instalaciones de Talasoterapia o 150 lugares para aparcar (!?!?). Tal proyecto es un paradigma de los nuevos tiempos, una marcha atrás, donde la solución pretendida degrada un espacio, que cosifica y aliena, rebautizando la gestión patrimonial de manera que no haya instrumentos de prevención y gestión del propio Patrimonio. Es lo opuesto ya que se establecen los prolegómenos de la mercantilización. Constituye por si mismo un trampantojo de la turistificación sin criterio.
Frases publicitarias coadyuvan al engaño: “(...) respetuosa con la historia constructiva del lugar (...)”, “(...) sin caer por ello en mimetismos anacrónicos”, “(...) formando parte de UN NUEVO CONJUNTO”, “(...) proyecto turístico y cultural …)”, “(...) SOLVENTAR las dificultades urbanísticas (...)”. Auténticas majaderías desarrollistas dirigidas a incautos. Estamos delante de un cenobio-cuartel, una joya patrimonial a conservar en su más pura esencia, en su entidad simple y rotunda.
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