TRIBUNA LIBRE
EL CONCELLO DE A GUARDA NO ESTÁ APLICANDO DE FORMA CORRECTA LA ORDENANZA SOBRE LA ZONA AZUL
En relación de la última campaña de “concienciación e información” sobre la zona azul llevada a cabo a partir del día 10 de marzo en A Guarda, que también ha afectado al cumplimiento de otro tipo de infracciones, quiero hacer saber, para que el alcalde y el concejal delegado tomen las medias oportunas, que se está realizando una aplicación que para nada responde a la finalidad última de la ordenanza y en muchos casos con criterios alejados totalmente de la redacción de la misma. En el objetivo de la ordenanza aparece este frase: “Servicio de Zona Azul”, que pretende acadar o acceso igualitario e limitado de tódolos/as conductores/as ó aparcamento nas zonas onde sexa especialmente escaso.”
Por lo tanto se entiende que el objetivo final de la misma ha de ser que un bien escaso, como es el aparcamiento en el centro urbano, no sea acaparado durante más de una hora por un mismo vehículo durante la franja horaria determinada para tal fin, y que convive con el horario comercial. Es por tanto incomprensible que si el objeto de la misma es movilizar aparcamiento, se sancione de forma simplemente recaudatoria a un vehículo, pudiendo darse el caso de que un vehículo que abandone una plaza a las 9:30 de la mañana, solamente media hora después de iniciar el estacionamiento limitado, sea multado por haberse olvidado de la colocación del disco. Esta aplicación sólo castiga a aquellos residentes que por descuido o dejadez, se hayan olvidado de la colocación del mismo y para nada atenta esta problemática al espíritu de la ordenanza, ya que esa plaza será liberada antes incluso de que el coche pudiera sancionarse por excederse en el tiempo permitido de estacionamiento. Por lo que entiendo que la multa por ausencia de disco solamente debería aplicarse a partir de la primera hora con el fin de proteger de alguna forma a los residentes que sufren la incomodidad de no contar de plazas libres en los alrededores.
Entendemos también que una dejación de funciones durante más de un año, es motivo más que suficiente para que antes de iniciar una campaña sancionadora, se inicie un pequeño proceso informativo y de concienciación. El fin último de la ordenanza no es recaudar sino conseguir un reparto igualitario de las plazas. Recordamos que al inicio de la aplicación de la ordenanza, por 2006 se inició de modo informativo y no recaudatorio y sin ningún tipo de margen ni información pública.
Queremos añadir que la ordenanza indica “En todo caso deberán de coexistir cos de libre utilización” algo que si bien en algunas zonas se cumple, en otras brilla por su ausencia, encontrando zonas en las que el número de aparcamientos libres es de todo inexistente y sólo una calle en la que “coexisten” ambas modalidades. Además el estado de las señales y de los horarios es lamentable y los mismos son difícilmente legibles, por lo que el concello debería preocuparse de que los mismos estén en unas condiciones mínimas que los conviertan en aptos.
Por último y no por ello menos importante, y ante la aplicación literal de la ordenanza por parte de este concello, léase el punto de sanción por ausencia de reloj, hago saber que el incumplimiento de la misma está siendo realizado, con la connivencia del propio concello, de forma errónea por gran parte de los usuarios. La ordenanza determina de forma clara y específica el formato y características de los discos horarios, que incumplen muchas de las formas en los que los usuarios tienen que indicar las horas ante la imposibilidad de conseguir discos que cumplan la “ORDENANZA REGULADORA DO ESTACIONAMENTO CON HORARIO LIMITADO GRATUITO ZONA AZUL DO CONCELLO DE A GUARDA”.
MODELO COMPROBANTE DE DISCO HORARIO
Tamaño: 11 x 11 cm
Materiais: Aluminio, Plástico, Cartolina
Color: Poderá realizarse en varios colores, sempre que os recadros destinados á hora sexan perfectamente visibles, con fondo branco e caracteres en azul, negro ou vermello.
CONCELLO DE A GUARDA
Concellería de Tráfico
SERVIZO DE ZONA AZUL
Papelitos y diferentes formatos de discos de este y otros concellos no cumplen con dichos criterios, por lo tanto ante una aplicación rigurosa, como se está haciendo en otros aspectos, esa forma de indicar la hora de llegada no es acorde a la norma. Por lo que adjunto a este escrito una solicitud al concello Guardés de un disco horario que cumpla fielmente las características de la ordenanza para evitar posibles sanciones. En caso de no poder ofrecérmelo pido que modifiquen la ordenanza de forma que se recojan esos otros métodos de indicación.
Por todo esto considero que el Concello da Guarda no está aplicando de forma correcta dicha ordenanza y por lo tanto está cometiendo graves agravios comparativos entre nuestros vecinos, con sanciones arbitrarias y sin ceñirse ni al espíritu de la ordenanza ni a la ordenanza misma. Por lo tanto todas las sanciones relativas a este efecto deberán ser consideradas nulas y dejar sin aplicación esta norma hasta que se determine, vía modificación de la ordenanza o vía cumplimento correcto da misma, un marco normativo claro y conocido por todos los guardeses.
Atentamente:
Antonio Fontela Martínez
Nota da Redacción de Infogauda:
Antonio Fontela Martínez e concelleiro do Grupo Municipal do Partido Popular no Concello de A Guarda.
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